• Género

    4 de septiembre de 2020

    ¡Hay cupo laboral travesti-trans en el Estado Nacional!

    Por decreto, el Gobierno Nacional definió que será del 1%. Desde ATE reivindicaron la inmensa lucha de la comunidad travesti-trans.

    El Gobierno Nacional, mediante el decreto 721/2020 publicado ayer en el Boletín Oficial, estableció que en el Sector Público Nacional los cargos deberán ser ocupados “en una proporción no inferior al uno por ciento (1%) de la totalidad de los mismos por personas travestis, transexuales y transgénero que reúnan las condiciones de idoneidad para el cargo”.

    A los fines de garantizar el cumplimiento del cupo previsto, la norma señala que se deberán establecer reservas de puestos de trabajo a ser ocupados exclusivamente por personas travestis, transexuales o transgénero, así como de las vacantes que se produzcan en los cargos correspondientes a los y las agentes que hayan ingresado bajo el régimen del presente decreto. También, crea un Registro de Anotación Voluntaria de Personas Travestis, Transexuales y/o Transgénero aspirantes a ingresar a trabajar en el Sector Público Nacional.

    Desde ATE Nacional celebraron la decisión y reivindicaron este logro como parte de una lucha histórica de la comunidad travesti-trans. Mercedes Cabezas, Secretaria de Organización de ATE Nacional, añadió: “Desde ATE venimos abrazando este reclamo a lo largo y ancho del país. En el Encuentro de Jóvenes realizado en febrero de este año, más de 300 compañerxs incluyeron la lucha por el cupo trans entre las propuestas organizativas para la nueva etapa política que se abría en ATE. Pero también, desde espacios como la Mesa Nacional de Diversidad y Sindicalismo, donde se tejen estrategias para abordar cuestiones tan urgentes como el derecho a la salud, las muertes tempranas, los travesticidios, entre otras”. “Son cuestiones que necesitamos abrazar como organización ante la necesidad de este cambio cultural, social, paradigmático y político que estamos construyendo”, manifestó la dirigente.

    Por su parte, la directora del Departamento de Género y Diversidad del CDN, Clarisa Gambera, expresó: “Garantizar el derecho a la inclusión laboral al traVajo era una demanda, una deuda, que se venía sosteniendo en la calle. La pandemia mostró en todas sus dimensiones el alcance de esa deuda. Lo que se venía expresando desde las/les protagonistas de esta lucha era la precariedad de la vida por la discriminación que las expulsa de sus familias, de la escolaridad, del acceso al trabajo, a la vivienda y a la salud”.

    “Fueron las primeras en quedarse sin ingresos, no pudieron pararse en la calle y sufrieron persecuciones encontrándose al borde del desalojo y sin acceso a la salud. Quedó en evidencia que sin traVajo con derechos  organizar la vida es muy difícil, por eso esto es un gran paso”, afirmó Gambera.

    La dirigente también remarcó que, a partir de esta decisión, el Estado marca un rumbo que debe ser seguida por los sectores privados. Y agregó: “Nosotres sindicalmente también tenemos que abrir este cause para que ingresen estas compañeras y generar formación para que la llegada a los sectores de trabajo aloje y no expulse, que sean espacios libres de violencias”.

    “Ahora vamos por más”, resaltó la dirigente, “vamos por la ley integral trans, por la conquista de derechos de seguridad social y previsionales. El fin de la precariedad laboral abre el camino hacia la ampliación de derechos, del mismo modo que lo fue el derecho a la identidad de género”.

    Decreto 721

    La norma, cuyos fundamentos están anclados en los diversos instrumentos internacionales de protección de los derechos humanos y en los principios de no discriminación por razones de identidad de género, establece que están alcanzadas todas las personas travestis, transexuales y transgénero, "hayan o no efectuado la rectificación registral".

    En otro punto central -que contempla la grave situación que atraviesa el colectivo, con obstáculos estructurales de acceso al derecho al trabajo y a la educación-, el decreto indica que "a los efectos de garantizar la igualdad real de oportunidades, el requisito de terminalidad educativa no puede resultar un obstáculo para el ingreso y permanencia en el empleo en los términos del artículo 1° del presente decreto".

    Asimismo, la norma establece una instancia de capacitación para las autoridades y el personal del Poder Ejecutivo Nacional, a cargo del Ministerio de las Mujeres, Género y Diversidad, "para asegurar que la inclusión en los puestos de trabajo del Sector Público Nacional se realice en condiciones de respeto a la identidad y expresión de género de las personas".

    Para velar por su aplicación, la norma define la creación de una Unidad de Coordinación Interministerial, integrada por representantes del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad, la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete, el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) y el Ministerio de Educación.

    Click acá para descargar el texto completo del decreto 721/2020.

    Prensa ATE


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